La Ley N° 697, promulgada el 12 de enero de 1985, revierte a favor de la Alcaldía Municipal de La Paz todas las concesiones de arcilla explotadas y por explotar dentro del radio urbano de la ciudad. Estas concesiones deberán ser utilizadas para la creación de áreas verdes o para otros usos que cumplan con reglamentaciones técnicas que aseguren la estabilidad de suelos y la preservación del medio ambiente.
LEY N° 697
LEY DE 12 DE ENERO DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Reviértase a favor de la Honorable Alcaldía Municipal de La Paz, todas las concesiones de arcilla explotadas y por explotar, dentro del radio urbano de la ciudad, las cuales serán utilizadas para áreas verdes o para usos contemplados dentro de reglamentaciones técnicas que precautelen la estabilidad de suelos y la preservación del medio ambiente.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Heberto Castedo Lladó, Samuel Gallardo Lozada, Mario Rolón Anaya, Luis Pelaez Rioja, Guido Camacho Rodríguez, Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez.