La Ley N° 698, promulgada el 28 de enero de 1985, establece la creación del Cantón Viluyo en la Segunda Sección de la Provincia Quijarro, Departamento de Potosí, con capital en Tomave. Define sus límites geográficos en relación con los cantones adyacentes. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y establecer los hitos necesarios.
LEY N° 698
LEY DE 28 DE ENERO DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase el Cantón Viluyo, perteneciente a la Segunda Sección de la Provincia Quijarro, con Capital Tomave, en el Departamento de Potosí, con los siguientes límites: al norte con los Cantones Kolta y Coroma; al sur con los Cantones Yura y Sullka; al este con los Cantones Porco y Chirajuri, y al oeste, con los Cantones Sullka y Opoco.
Artículo 2.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al Artículo 6° del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones levantar el plano respectivo y fijar los hitos correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolon A., Guido Camacho R., Jaime Villegas Duran.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de enero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez.