La Ley N° 731, promulgada el 2 de abril de 1985, aprueba los contratos de préstamos por un total de $us. 78.800.000, destinados a la ejecución del Programa Nacional de Transporte y al Programa Global del Crédito a la Pequeña y Mediana Minería, suscritos el 12 de noviembre de 1984 entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Gobierno de Bolivia. La ley autoriza al Poder Ejecutivo a proceder conforme a lo establecido.
LEY N° 731
LEY DE 2 DE ABRIL DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Se aprueban los contratos de préstamos: N° 483/OC/BO por $us. 43.800.000.- y N° 755/SF/BO, por $us. 9.200.000.- para la ejecución del Programa Nacional de Transporte y el N° 479/OC/BO por $us. 25.800.000.- para el Programa Global del Crédito a la Pequeña y Mediana Minería, suscritos en Washington, distrito de Columbia, Estados Unidos de América el 12 de noviembre de 1984, entre el Banco Interamericano de Desarrollo y el Gobierno de Bolivia.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Mario Rolón A., Guillermo Ritcher, Jaime Villegas D.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Francisco Belmonte C. Hernando Poppe M., Freddy Justiniano F., Ronath Zabaleta M.