La Ley N° 741, promulgada el 15 de abril de 1985, establece la creación del Cantón Laytapi en la provincia Nor Chichas del Departamento de Potosí, definiendo sus límites geográficos con los cantones adyacentes. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de la delimitación, levantamiento del plano y fijación de hitos correspondientes, conforme al Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY N° 741
LEY DE 15 DE ABRIL DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1 Créase el Cantón Laytapi, jurisdicción de la provincia Nor Chichas del Departamento de Potosí, con los siguientes límites: Al Norte, con el Cantón Villa Concepción, al Sud con el Cantón Ramadas, al Este con el Cantón Cornaca; y al Oeste con el Cantón Totora.
Artículo 2. En conformidad con el Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, el Instituto Geográfico Militar queda encargado de efectuar la delimitación, levantamiento del plano y fijación los hitos correspondientes.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Luis Pelaez R., Guido Camacho R., Jaime Villegas D.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez P.