La Ley N° 742, promulgada el 15 de abril de 1985, establece la creación del Cantón Ramadas en la provincia Nor Chichas del Departamento de Potosí, definiendo sus límites geográficos con los cantones adyacentes. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de realizar las delimitaciones y fijar los hitos correspondientes, conforme al Decreto Supremo N° 2282 de 1950. La ley debe ser cumplida como parte de la normativa nacional.
LEY N° 742
LEY DE 15 DE ABRIL DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Créase el Cantón Ramadas, en la jurisdicción de la provincia Nor Chichas del Departamento de Potosí, cuyos límites son los siguientes: Al Norte, con el Cantón Laytapi, al Sud con la Provincia Sud Chichas, al Este con el Cantón Cotagaita y al Oeste con el Cantón Cornaca.
Artículo 2. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6° del Decreto Supremo N° 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Luis Pelaez R., Guido Camacho R. Jaime Villegas D.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez P.