La Ley N° 758, promulgada el 30 de abril de 1985, declara de prioridad e interés nacional la construcción del aeropuerto Internacional de Yacuiba, Tarija, que incluirá una pista y calle de rodaje de hormigón asfáltico, plataforma de pavimento rígido y edificio terminal de pasajeros. Autoriza al Poder Ejecutivo a realizar una licitación internacional para el financiamiento del proyecto mediante un empréstito de fondos del exterior. Además, instruye al Ministerio de Aeronáutica y a AASANA a incluir este proyecto en sus programas de inversiones a partir de 1985.
LEY N° 758
LEY DE 30 DE ABRIL DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Declárase de prioridad e interés nacional, la construcción del aeropuerto Internacional de la ciudad de Yacuiba del departamento de Tarija, que comprende: Pista de hormigón asfáltico, calle de rodaje de hormigón asfáltico, plataforma de pavimento rígido, edificio terminal de pasajeros del aeropuerto.
Artículo2. Para ejecutar el proyecto del aeropuerto Internacional de Yacuiba, se autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar una licitación internacional con financiamiento a través de un empréstito de fondos del exterior.
Artículo 3. El Ministerio de Aeronáutica y la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA) incluirán en sus programas de inversiones, a partir de la gestión de 1985, el proyecto del aeropuerto internacional mencionado en los anteriores artículos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 12 de abril de 1985.
Fdo. H. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Luis Añez A., Luis Pelaez R., Guido Camacho R., Jaime Villegas D.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Antonio Arnez Camacho.