La Ley N° 760, promulgada el 10 de mayo de 1985, eleva a rango de ley el Decreto Supremo N° 16251 de 6 de marzo de 1979, que establece el "Día de la Radiodifusión Boliviana" y otorga estímulos a las radioemisoras que se destaquen en el servicio a la comunidad. Esta norma debe ser cumplida y se remite al Poder Ejecutivo para su implementación.
Por tanto, de conformidad con lo prescrito por el Artículo 78 de la Constitución Política del Estado, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
LEY N° 760
LEY DE 10 DE MAYO DE 1985
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Elévase a rango de ley el Decreto Supremo N° 16251 de fecha 6 de marzo de 1979, mediante el que se instituye el "Día de la Radiodifusión Boliviana" y se otorgan estímulos a las radioemisoras que se destaquen al servicio de la comunidad.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los doce días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. H. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo L., Mario Rolón Alaya, Luis Peláez R., Guido Camacho R., Jaime Villegas D.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Hernando Poppe Martinez.