La Ley Nº 763 autoriza a la Alcaldía Municipal de Cochabamba a transferir, a título oneroso, 3.400 m² de terrenos en la zona urbana San José de la Banda a trabajadores de la Federación de Radio y Televisión para la construcción de viviendas de interés social, conforme a la Ley Orgánica de Municipalidades. Los beneficiarios deben presentar certificados del Registro de Derechos Reales que demuestren no ser propietarios de otros inmuebles y están prohibidos de enajenar el bien adjudicado durante un período de diez años.
LEY Nº 763
LEY DE 13 DE SEPTIEMBRE DE 1985
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Con la facultad conferida por el inciso 7º del artículo 59 de la Constitución Política del Estado, autorízase a la H. Alcaldía Municipal de Cochabamba transferir, a título oneroso, terrenos de su propiedad, en una extensión de 3.400 m2, situados en la zona urbana San José de la Banda, en los márgenes del río Rocha, en favor de trabajadores de la Federación de Radio y Televisión, con destino a la construcción de viviendas de interés social conforme a las normas establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades.
Artículo 2.- Los adjudicatarios acreditarán, con certificados del Registro de Derechos Reales, no ser propietarios de otro bien inmueble y no podrán enajenar durante el período de diez años, a título alguno, el bien que se adjudiquen.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los doce días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Gonzalo Sánchez de Lozada, Gastón Encinas Valverde, Jaime Villegas Durán, Luis Pelaez, Agustín Ameller Gatica, Jorge Kohler Salas.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los trece días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSORO, Carlos Alcides Aliaga.