Abrogada
El Decreto Supremo Nº 3453 aprueba la transferencia gratuita de un bien inmueble de 15 hectáreas, propiedad del Banco Central de Bolivia, al Ministerio de Hidrocarburos y Energía, para la construcción del "Centro de Investigación y Desarrollo en Tecnología Nuclear". Esta transferencia se realiza conforme al Artículo 158, Parágrafo I numeral 13 de la Constitución Política del Estado y la Resolución de Directorio del Banco Central de Bolivia N° 213/2015.
LEY Nº 763
LEY DE 30 DE NOVIEMBRE DE 2015
ÁLVARO GARCÍA LINERA
PRESIDENTE EN EJERCICIO DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el Artículo 158, Parágrafo I numeral 13, de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Banco Central de Bolivia
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de noviembre del año dos mil quince.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña**,** Víctor Hugo Zamora Castedo, María Argene Simoni Cuellar**,** A. Claudia Tórrez Diéz, Erik Morón Osinaga.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Ciudad de El Alto del departamento de La Paz, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil quince.
FDO. ALVARO GARCÍA LINERA , Juan Ramón Quintana Taborga, Luis Alberto Arce Catacora, Luis Alberto Sánchez Fernández, Marianela Paco Durán.