La Ley Nº 768, promulgada el 11 de diciembre de 1985, aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Acuerdo de Cartagena (Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela) y la Comunidad Económica Europea, así como el Protocolo Complementario relacionado con el tratado de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, firmado el 17 de diciembre de 1983 en Cartagena de Indias, Colombia. La ley se comunica al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 768
LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 1985
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Acuerdo de Cartagena y sus países miembros, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y por otra la Comunidad Económica Europea, así como el Protocolo Complementario de la Aplicación de dicho Acuerdo en los campos abarcados por el tratado que instituye la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, firmados en Cartagena de Indias República de Colombia, el 17 de diciembre de 1983.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
Fdo. Gonzalo Sanchez de Lozada, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Jaime Villegas Durán, Agustín Ameller Gatica, Guillermo Ritcher Ascimani.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araóz Levy, Fernando Cáceres Díaz, Guillermo Riveros Tejada.