Volver a documentos
Ley768 Vigente

Ley N° 768

Asamblea Legislativa Plurinacional
11 de diciembre de 1985

11 DE NOVIEMBRE DE 1985 .- Aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Acuerdo de Cartagena y, sus países miembros.

Artículos
1
Secciones
0
Versiones
1
Antigüedad
40 años

LEY No 768

LEY Nº 768 LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 1985

VICTOR PAZ ESTENSSORO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

D E C R E T A:

Artículo Único

Apruébase el Acuerdo de Cooperación entre el Acuerdo de Cartagena y sus países miembros, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, por una parte, y por otra la Comunidad Económica Europea, así como el Protocolo Complementario de la Aplicación de dicho Acuerdo en los campos abarcados por el tratado que instituye la Comunidad Europea del Carbón y del Acero, firmados en Cartagena de Indias República de Colombia, el 17 de diciembre de 1983.

Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

Fdo. Gonzalo Sanchez de Lozada, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Jaime Villegas Durán, Agustín Ameller Gatica, Guillermo Ritcher Ascimani.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cinco años.

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gastón Araóz Levy, Fernando Cáceres Díaz, Guillermo Riveros Tejada.

Asistente IAResponde al instante
pixi legal · con fuentes oficiales citadas

¿Tienes dudas sobre esta norma?

Pregúntale al asistente y obtén una explicación clara de la norma al instante, con citas del texto oficial y la jurisprudencia relacionada.

O empieza con una pregunta frecuente

Cita el texto oficial Jurisprudencia relacionada Gratis y sin registro
Chatbot privado de pixi legal
Versión 1 de 1Vigente desde 11 de diciembre de 1985