La Ley Nº 776, promulgada el 31 de enero de 1986, establece la creación del cantón Cheje Pampa en la provincia Omasuyos, departamento de La Paz, delimitado al norte por la provincia Larecaja, al sur por el cantón Santiago de Huata, al este por el cantón Achacachi y al oeste por el cantón Ancoraimes. Las comunidades que conforman este nuevo cantón son Cheje Pampa (capital), Quesuni, Kola Huancane, Kanta, Cohani, Logaraya, Corpa Grande, Chichaya, Pocoata y Limaocacha. El Instituto Geográfico Militar es responsable de la demarcación, levantamiento del plano y fijación de hitos correspondientes.
LEY Nº 776
LEY DE 31 DE ENERO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo 1.- Créase el cantón Cheje Pampa, en la provincia Omasuyos del departamento de La Paz, teniendo los siguientes límites: al Norte con la provincia Larecaja; al sur, con el cantón Santiago de Huata; al Este, con el cantón Achacachi y al Oeste, con el cantón Ancoraimes.
Articulo 2.- Las comunidades que integran el nuevo cantón Cheje Pampa son: Cheje Pampa, capital del cantón Quesuni, Kola Huancane, Kanta, Cohani, Logaraya, Corpa Grande, Chichaya, Pocoata y Limaocacha.
Articulo 3.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de enero de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Luis Peláez Rioja, Agustín Ameller Gatica, Alvaro Pérez del Castillo.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los treinta y un días del mes de enero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.