El Decreto Supremo Nº 3453, mediante la Ley N° 780, declara la música y danza de la Pinkillada como Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia. Esta declaración implica el reconocimiento y protección de esta manifestación cultural, y se remite al Órgano Ejecutivo para su implementación conforme a la normativa vigente.
LEY N° 780
LEY DE 24 DE ENERO DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a la música y danza de la Pinkillada.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de enero del año dos mil dieciséis.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña**,** Rubén Medinaceli Ortiz, Víctor Hugo Zamora Castedo**,** Nelly Lenz Roso, A. Claudia Tórrez Díez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Municipio de Sacaca del departamento de Potosí, a los veinticuatro días del mes de enero del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA , Juan Ramón Quintana Taborga, Marko Marcelo Machicao Bankovic.