La Ley No 799, promulgada el 28 de febrero de 1986, establece la creación de la segunda sección de la provincia Carangas, con capital en Choquecota, que incluye los cantones de Chuquichambi, Belén de Choquecota y Choquecota en el departamento de Oruro. Define sus límites geográficos: al norte con Huaylla Marka, al sur con Turco y parte de Corque, al este con San Miguel y al oeste con Turco. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y establecer los hitos necesarios.
LEY Nº 799
LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase la segunda sección de la provincia Carangas, con su capital Choquecota, comprendiendo su área de jurisdicción los cantones de: Chuquichambi, Belén de Choquecota y Choquecota del departamento de Oruro.
Artículo 2.- Los límites son los siguientes: al norte, con el cantón Huaylla Marka; al sur, con el cantón Turco de la Provincia Sajama y en parte con Corque, capital de la provincia Carangas; al este, con el cantón San Miguel de la provincia Carangas; y al oeste, con Turco de la provincia Sajama.
Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones de la segunda sección de la provincia Carangas del departamento de Oruro, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 22 de enero de 1986.
Fdo. Oscar Zamora M., Luis Añez A., Alvaro Pérez del C., Gastón Encinas V., Luis Peláez R., Guillermo Richter A.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy M.