La Ley N° 799, promulgada el 25 de abril de 2016, aprueba el Convenio de Préstamo N° 8552-BO entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), por un monto de hasta $us165.950.000, destinado a financiar el "Proyecto de Desarrollo de Capacidades en el Sector Vial". Además, autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a asumir el repago de las obligaciones derivadas de este convenio.
LEY N° 799
LEY DE 25 DE ABRIL DE 2016
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único.
I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del
Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de
Préstamo N° 8552-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el
Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, en fecha 9 de marzo de
2016, por un monto de hasta $us165.950.000.- (Ciento Sesenta y Cinco Millones
Novecientos Cincuenta Mil 00/100 Dólares Estadounidenses), para financiar el
“Proyecto de Desarrollo de Capacidades en el Sector Vial”.
II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través
del Tesoro General de la Nación, asumir el repago de las obligaciones que sean
contraídas en la ejecución del mencionado Convenio de Préstamo N° 8552-BO,
aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los
siete días del mes de abril del año dos mil dieciséis.
Fdo. Ester Torrico Peña, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana Mercier Herrera,
Víctor Hugo Zamora Castedo, Erik Morón Osinaga, Jhovana M. Jordan Antonio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de
abril del año dos mil dieciséis.
FDO. EVO MORALES AYMA , David Choquehuanca Céspedes, Juan Ramón Quintana
Taborga, René Gonzalo Orellana Halkyer, Luis Alberto Arce Catacora, Milton
Claros Hinojosa.