La Ley No 805, promulgada el 28 de febrero de 1986, establece la creación del cantón San Pedro de Huaycollo en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, definiendo sus límites geográficos y las comunidades que lo integran: Andapata de Lupe, Kea Keani, Virsurilla, Paakama y Villa Concepción Vitho. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de la demarcación, levantamiento del plano y fijación de hitos correspondientes.
LEY Nº 805
LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase el cantón San Pedro de Huaycollo, Provincia Carangas del Departamento de Oruro cuyos límites son: Al Norte, con el Cantón Anko-Kala; al Sur, con el Cantón Villa Esperanza y la Primera sección Municipal con su Capital Andamarca de la provincia Carangas; al Este, con el Cantón Anko-Kala; y al Oeste, con los cantones Opoquiri y San José de Kala.
Artículo 2.- Las comunidades que integrarán el nuevo cantón son: Andapata de Lupe, Kea Keani, Virsurilla, Paakama, Villa Concepción Vitho.
Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al Art. 6o. del D.S. No. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar la demarcación, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. H. Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Luís Pelaez Rioja, Guillermo Richter Ascimani, Agustín Ameller Gatica.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.