La Ley Nº 806, promulgada el 28 de febrero de 1986, establece la creación del cantón Villa Tarucachi en la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, definiendo sus límites geográficos y las comunidades que lo integran: Kahua, Kanallnarca, Romero Kahua, Chili Chili, Sekachi, Thulu Thulluni, Antajahua, Sivi Sivi, Kharamarca, Khalta Khalta, Pamphajasi, Kharcani y Seguencoma. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y fijar los hitos necesarios.
LEY Nº 806
LEY DE 28 DE FEBRERO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 2.- Créase el cantón Villa Tarucachi, en la jurisdicción de la Provincia Carangas del Departamento de Oruro, cuyos límites son: al Norte, con el Cantón San Miguel; al Sur, con el Cantón Corque; al Este, con los cantones Pacoyo, Toledo y Llanguera; y, al Oeste, con el cantón Choquecota.
Artículo 2.- Las comunidades que integraran el cantón Villa Tarucazhi son los siguientes: Kahua, Kanallnarca, Romero Kahua, Chili Chili, Sekachi, Thulu Thulluni, Antajahua, Sivi Sivi, Kharamarca, Khalta Khalta, Pamphajasi, Kharcani y Seguencoma.
Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. Oscar Zamora M., Luis Añez A., Guillermo Richter A., Gastón Encinas V., Luis Peláez R., Agustín Ameller G.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.