La Ley No 809, promulgada el 4 de marzo de 1986, establece la creación del cantón Kemalla en la Provincia Cercado del departamento de Oruro, definiendo sus colindancias con el departamento de La Paz al norte, el cantón Soledad al sur, el cantón Caracollo al este y la provincia Tomás Barrón al oeste. El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de realizar las delimitaciones y fijar los hitos correspondientes, conforme al artículo 6 del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950.
LEY Nº 809
LEY DE 4 DE MARZO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase el cantón Kemalla en la Provincia Cercado del departamento de Oruro, con las siguientes colindancias: al Norte, con el departamento de La Paz; al Sur, con el Cantón Soledad, al Este, con el cantón Caracollo; y al Oeste, con la provincia Tomás Barrón.
Artículo 2.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950 queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas V., Luis Añez Alvarez, Luis Pelaez Rioja, Guillermo Richter A., Agustín Ameller Gatica.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.