La Ley No 816, promulgada el 3 de abril de 1986, establece la creación del cantón Río Mulato Kari en la provincia Gualberto Villarroel, departamento de La Paz, que incluye las comunidades de Kari, Pichicani, Tola Pampa, entre otras. Define sus límites geográficos: al norte con Curahuara de Sicasica, al sur con Huayalla-Marca (Oruro), al este con Papelpampa y al oeste con Hilata y Totora (Oruro). El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones y fijar los hitos correspondientes.
LEY Nº 816
LEY DE 3 DE ABRIL DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase el cantón Río Mulato Kari, en la jurisdicción de la Provincia Gualberto Villarroel del departamento de La Paz, comprendiendo en la jurisdicción del nuevo cantón las siguientes comunidades: Kari, Pichicani, Tola Pampa, Kana-Pata, Aco-Pata, Challa Marca, Villcani, Alcaque, Pacaba, Tolavilque, Villavista.
Artículo 2.- Los límites del nuevo cantón serán al Norte, con el cantón de Curahuara de Sicasica; al Sur, con la cantón Huayalla-Marca (del departamento de Oruro); al Este con el cantón Papelpampa; y al Oeste, con la comunidad Hilata y el cantón Totora (del departamento de Oruro).
Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6o. del D. S. de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo.Oscar Zamora Medinacelli, Gastón Encinas Valverde, Luis Añez Alvarez, Jaime Villegas Durán, Alvaro Pérez, Guillermo Richter A.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los tres días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.