La Ley No 827, promulgada el 3 de abril de 1986, establece la creación del cantón Catacora en la Provincia Pacajes, Departamento de La Paz, delimitado al norte por la República del Perú, al sur por el Cantón Berenguela, al este por el Cantón Santiago de Machaca y al oeste por la República del Perú. Las comunidades que conforman este cantón son Chirijiri, Tolacolla, Callasa, Onaxo, Parachi, Pajchiri, Pata Puju y Sancani. El Instituto Geográfico Militar es responsable de realizar las delimitaciones, elaborar el plano correspondiente y fijar los hitos.
LEY Nº 827
LEY DE 3 DE ABRIL DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1.- Créase el cantón Catacora en la jurisdicción de la Provincia Pacajes del Departamento de La Paz, cuyos límites son los siguientes: al norte, con la República del Perú; al sur, con el Cantón Berenguela; al este, con el Cantón Santiago de Machaca y al oeste con la República del Perú.
Artículo 2.- Las comunidades que integran el Cantón Catacora, son las siguientes: Chirijiri, Tolacolla, Callasa, Onaxo, Parachi, Pajchiri, Pata Puju y Sancani.
Artículo 3.- El Instituto Geográfico Militar de conformidad al Artículo 6o. del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinticinco días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo.Oscar Zamora M., Luis Añez A., Alvaro Pérez del C., Gastón Encinas V., Jaime Villegas Durán, Guillermo Richter A.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz a los tres días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy Martínez.