La Ley No 835, promulgada el 7 de abril de 1986, aprueba un contrato de préstamo de $19,500,000 entre el Gobierno Nacional y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA), destinado a la pavimentación de la carretera que conecta Santa Cruz de la Sierra con Trinidad. Este contrato se deriva del decreto supremo No. 21075 del 23 de septiembre de 1985 y se eleva a categoría de ley. La ley debe ser comunicada al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 835
LEY DE 7 DE ABRIL DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- Apruébase el contrato de préstamo suscrito en fecha 18 de noviembre de 1985 entre el Gobierno Nacional y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, FONPLATA, por el que se acuerda otorgar a nuestro país un préstamo de $us 19.500.000.00- (DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL DOLARES AMERICANOS), con destino a la ejecución del proyecto de pavimentación de la carretera que una Santa Cruz de la Sierra con Trinidad; contrato que fue suscrito como emergencia del decreto supremo No. 21075, de 23 de septiembre de 1985 que se eleva a categoría de ley de la República.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de marzo de 1986.
Fdo.Oscar Zamora M., Luis Añez A., Agustín Ameller G., Gastón Encinas V., Luis Peláez R., Alvaro Pérez del C.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los siete días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gonzalo Sánchez de Lozada.