La Ley No 836 aprueba el Contrato de Préstamo No. 382 P, firmado entre el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional y el Gobierno de Bolivia, por un monto de 3.000.000 dólares estadounidenses, destinado a la implementación del Proyecto de Desarrollo Agropecuario Cotagaita, San Juan del Oro, bajo la ejecución de la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí. La ley fue promulgada el 8 de abril de 1986 y se ordena su cumplimiento.
LEY Nº 836
LEY DE 8 DE ABRIL DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único.- Apruébase el Contrato de Préstamo No. 382 P, suscrito por el Fondo OPEP para el Desarrollo Internacional y el Gobierno de Bolivia, por la suma de $us. 3.000.000.00 (TRES MILLONES DE DOLARES AMERICANOS), en atención a sus condiciones favorables para el interés nacional, de fecha 9 de septiembre de 1985, con destino a la implementación del Proyecto de Desarrollo Agropecuario Cotagaita, San Juan del Oro, cuya ejecución está a cargo de la Corporación Regional de Desarrollo de Potosí.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los dos días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo.Oscar Zamora M., Luis Añez A., Agustin Ameller, Gastón Encinas, Luis Peláes R., Guillermo Richter A.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la Ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de abril de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gonzalo Sánchez de Lozada.