La Ley Nº 867, promulgada el 27 de mayo de 1986, aprueba el Convenio Internacional de la Maderas Tropicales, firmado el 1° de noviembre de 1984 en la sede de las Naciones Unidas. Esta norma establece el compromiso del Estado boliviano de cumplir con los términos del convenio, que busca promover la gestión sostenible y el uso responsable de las maderas tropicales. Se comunica al Poder Ejecutivo para su implementación.
LEY Nº 867
LEY DE 27 DE MAYO DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA
REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Apruébase el Convenio Internacional de la Maderas Tropicales, suscrito en la sede de las Naciones Unidas el 1° de noviembre de 1984.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 19 de mayo de 1986.
Fdo. Oscar Zamora M., Gastón Encinas V., Luís Añez A., Jaime Villegas D., Agustín Ameller G.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Edil Sandoval Morón.