La Ley N° 891, promulgada el 26 de enero de 2017, modifica el Artículo 2 de la Ley N° 488 de 25 de enero de 2014, estableciendo que la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), con conocimiento del Ministerio de Obras Públicas, abrirá una cuenta fiscal especial para que los adjudicatarios de la nómina anexa realicen un depósito bancario del monto correspondiente a la valoración catastral vigente en un plazo de 180 días tras la publicación de la ley. Además, se corrigen los datos de los beneficiarios en la nómina adjunta.
LEY N° 891
LEY DE 26 DE ENERO DE 2017
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Se modifica el Artículo 2 de la Ley N° 488 de 25 de enero de
2014, de acuerdo al siguiente texto:
“ La Dirección de General de Aeronáutica Civil - DGAC, con previo
conocimiento del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, procederá
a la apertura de una cuenta fiscal especial, para que los adjudicatarios de la
nómina adjunta a la Ley N° 488, procedan con el depósito bancario del monto
establecido de acuerdo a la valoración catastral vigente, dentro de los ciento
ochenta (180) días siguientes a la publicación de la presente Ley.”
Artículo 2. Se modifica y corrige los datos de los beneficiarios de la
nómina adjunta a la Ley N° 488 de 25 de enero de 2014, de acuerdo al Anexo
adjunto.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los
trece días del mes de enero del año dos mil diecisiete.
Fdo. José Alberto Gonzales Samaniego, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Eliana
Mercier Herrera, Noemí Natividad Díaz Taborga, Ana Vidal Velasco, Jhovana M.
Jordan Antonio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado
Plurinacional de Bolivia.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiséis días del mes de
enero del año dos mil diecisiete.
FDO. EVO MORALES AYMA , René Martínez Callahuanca, Tito Rolando Montaño
Rivera MINISTRO DE DEPORTES E INTERINO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y
VIVIENDA.
ANEXO LEY N° 891
N° | MANZANO | NOMBRES Y APELLIDOS | CÉDULA DE IDENTIDAD | N° DE LOTE | SUPERFICIE m²
---|---|---|---|---|---
1 | Manzano A-20 | José Guillermo Montecinos Silva | 2335954 LP. | 8 | 450,00
2 | Manzano D-18 | Walter Luna Rejas | 563467 OR. | 2 | 450,00
3 | Manzano F-10 | Herminio Miranda Suarez | 203007 LP. | 8 | 445,70
4 | Manzano F-10 | Jorge Alfredo Alarcón Iturralde | 584420 OR. | 9 | 501,86
5 | Manzano H-18 | Ruth Elizabeth Ríos Bueno | 766196 CBBA. | 8 | 450,00
6 | Manzano J-9 | Juan Héctor Humerez Alconce | 1187217 PT. | 1 | 391,60
7 | Manzano K-16 | Julio Juan Pedro Castellón Valdez | 495625 LP. | 8 | 450,00
8 | Manzano L-10 | Edmundo Soria Martínez | 584719 OR. | 3 | 446,60
9 | Manzano Q-14 | Walter Ríos Aliaga | 3687458 PT. | 11 | 450,00
10 | Manzano R-8 | Oscar Silvan Barriga Rubinic | 1155634 PT. | 4 | 446,60
11 | Manzano S-18 | Virginia Beatriz Dalence Pinaya | 2254387 LP. | 14 | 450,00
12 | Manzano T-8 | Juan Santos Machicado Machaca | 2259141 LP. | 8 | 450,00
13 | Manzano U-19 | Jorge Vargas Rocha | 734027 CBBA. | 6 | 450,00
14 | Manzano W-10 | Bernabé Cahuana Monrroy | 308748 LP. | 2 | 450,00