La Ley Nº 895, promulgada el 10 de noviembre de 1986, autoriza y aprueba un convenio de crédito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Desarrollo, destinado a complementar la implementación del Proyecto Vuelta Grande, por un monto de 12.800.000 Derechos Especiales de Giro, equivalente a aproximadamente 15.000.000 dólares americanos. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº895
LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Autorizar y aprobar el convenio de crédito entre la República de Bolivia y la Asociación Internacional de Desarrollo, destinado a complementar la implementación del Proyecto Vuelta Grande, por un monto de 12.800.000.- Derechos Especiales de Giro, equivalente aproximadamente a 15.000.000.- de dólares americanos.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
Fdo. H. Ciro Humboldt B., Willy Vargas V., Jaime Villegas D., Oscar Lazcano H., Hedím Céspedes C., Fernando Kieffer G.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan L. Cariaga O., Carlos Morales L.