La Ley Nº 898 autoriza y aprueba el contrato de préstamo BOL-7/86 entre el gobierno de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata (FONPLATA) por un monto de $720,000, destinado al estudio del diseño final de la carretera "Challapata – Tarapaya" en los departamentos de Oruro y Potosí. La ley se promulga para su cumplimiento y se comunica al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
LEY Nº 898
LEY DE 19 DE NOVIEMBRE DE 1986
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 59º, inciso 5° de la Constitución Política del estado, se autoriza y aprueba el contrato de préstamo BOL- 7/86, suscrito entre el gobierno de Bolivia y el Fondo Financiero para el Desarrollo de la Cuenca del Plata, FONPLATA por el equivalente a $us. 720.000.- (SETECIENTOS VEINTE MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS), con destino al estudio del diseño final de la carretera “Challapata – Tarapaya” en los departamentos de Oruro y Potosí.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional
La Paz, 6 de noviembre de 1986.
Fdo. Ciro Humboldt B., Willy Vargas V., Jaime Villegas D., Oscar Lazcano H., Hedím Céspedes C., Gonzalo Simbron G.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Jorge Valdéz Añez, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a.i.