La Ley N° 920, promulgada el 11 de febrero de 1987, establece la creación del cantón Tocopilla Cantuyo en la provincia Pacajes, departamento de La Paz, definiendo sus límites geográficos: al norte con la provincia Ingavi, al sur con la cuarta sección de Pacajes (capital Comanche), al este con la provincia Ingavi y al oeste con la segunda sección de Pacajes (capital Caquiaviri). El Instituto Geográfico Militar es designado responsable de realizar las delimitaciones y fijar los hitos correspondientes.
LEY N° 920
LEY DE 11 DE FEBRERO DE 1987
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Créase el cantón Tocopilla Cantuyo, jurisdicción de la provincia Pacajes del departamento de La Paz, con los siguientes límites: al norte con la provincia Ingavi; al sur con la cuarta sección de la provincia Pacajes, con su capital Comanche; al este con la provincia Ingavi, y al oeste con la segunda sección de la provincia Pacajes, con su capital Caquiaviri.
Articulo 2. El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6º del decreto supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones correspondientes y fijar los hitos respectivos.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 29 de enero de 1987.
Fdo. Ciro Humboldt B., Willy Vargas V., Jaime Villegas D., Alfredo Cuellar V., Wálter Zuleta R., Gonzalo Simbrón G.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Fernando Barthelemy M.