La Ley Nº 940 declara de prioridad nacional el Proyecto Múltiple Río Grande-Rosita en Santa Cruz, que incluye la construcción de una represa hidroeléctrica y obras de regadío. Se encomienda al Poder Ejecutivo gestionar financiamiento ante organismos internacionales y se le faculta para autorizar la ejecución, operación y administración del proyecto a entidades públicas, privadas o mixtas, conforme al Código de Electricidad y otras disposiciones legales.
LEY Nº 940
LEY DE 5 DE OCTUBRE DE 1987
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Primero. Declárese de prioridad nacional y de necesidad y utilidad públicas, la realización del Proyecto Múltiple Río Grande-Rosita, localizado en el departamento de Santa Cruz, para el aprovechamiento de las aguas del Río Grande, mediante la construcción de una represa hidroeléctrica, obras de regadío y otras que sean necesarias.
Artículo Segundo. Encomiéndase al Poder Ejecutivo la realización de las gestiones necesarias ante organismos internacionales, entidades gubernamentales y otras de crédito, cooperación o fomento, a fin de obtener el financiamiento para la implementación del Proyecto Múltiple Río Grande-Rosita.
Artículo Tercero. Facúltase al Poder Ejecutivo para que en su caso autorice la ejecución, operación y/o administración del Proyecto Múltiple Río Grande- Rosita a entidades públicas, privadas o mixtas, de conformidad a las previsiones pertinentes del Código de Electricidad y demás disposiciones legales pertinentes.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los ventiocho días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. Ciro Humbolt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Alfredo Cuellar Vargas, Fernando Kieffer G., Ulises Hurtado Cuéllar, Oscar Lazcano Henry
Por tanto promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Guillermo Justiniano, Fernando Illanes de la Riva.