La Ley N° 942, promulgada el 9 de octubre de 1987, declara de prioridad nacional la construcción de la carretera Transversal, que conectará las poblaciones de Padilla, Villa Serrano, Nuevo Mundo, Pucará y Valle Grande en los departamentos de Chuquisaca y Santa Cruz. Autoriza al Poder Ejecutivo a gestionar empréstitos internos o externos para financiar los estudios económicos, técnicos y la construcción de dicha carretera.
LEY N° 942
LEY DE 9 DE OCTUBRE DE 1987
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente ley.
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo Primero. Declárese de prioridad nacional la construcción de la carretera Transversal, que vinculará las poblaciones de Padilla-Villa Serrano- Nuevo Mundo-Pucará-Valle Grande de los departamentos de Chuquisaca y Santa Cruz.
Articulo Segundo. Se autoriza al Poder Ejecutivo la gestión de empréstitos internos o externos para financiar los estudios económicos, técnicos y de construcción de la carretera indicada en el artículo primero
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Alfredo Cuéllar Vargas, Fernando Kieffer G., Ulises Hurtado Cuéllar, Oscar Lazcano Henry
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Andrés Petrecevic R., Ramiro Cabezas Masses. Ministro Finanzas a.i..