La Ley N° 949, promulgada el 14 de octubre de 1987, establece la construcción de la represa de Paticonga en San Lucas, Chuquisaca, como una necesidad básica para el desarrollo de la región y su impacto en las economías de Chuquisaca y Potosí. Autoriza a la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca (CORDECH) a gestionar el financiamiento para los estudios de prefactibilidad y factibilidad, así como para la construcción de las obras resultantes del diseño final.
LEY N° 949
LEY DE 14 DE OCTUBRE DE 1987
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Articulo 1. Establecese que la construcción de la represa de Paticonga, en las inmediaciones de San Lucas, provincias Nor Cinti del departamento de Chuquisaca, constituye una necesidad básica para el desarrollo integral y autosostenido de esa región, con una gravitación trascendental en las economías de Chuquisaca y Potosí.
Articulo 2. Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca (CORDECH), gestionar el financiamiento correspondiente para los estudios de prefactibilidad y factibilidad, asi como para la construcción de las obras que resulten del diseño final.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines consiguientes.
Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.
La paz, 6 de octubre de 1987.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Jaime Villegas Durán, Alfredo Cuellar Vargas, Fernando Kieffer Guzmán y Carlos Farah Aguirre.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y siete años.
FDO.VICTOR PAZ ESTENSSORO, Gonzalo Sanchez de Lozada y José Guillermo Justiniano Sandoval.