La Ley N° 972, promulgada el 25 de febrero de 1988, autoriza la permuta de terrenos entre la H. Municipalidad de Santa Cruz y los comerciantes de la Feria de Barrio Lindo, conforme a las resoluciones municipales números 100/87 y 137/87, con el propósito exclusivo de construir un Centro Comercial para los afiliados de los comerciantes.
LEY N° 972
LEY DE 25 DE FEBRERO DE 1988
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo Único. Autorízase la permuta de terrenos de propiedad de la H. Municipalidad de Santa Cruz con lo de los comerciantes de la Feria de Barrio Lindo, en las extensiones y ubicaciones determinadas por las resoluciones municipales números 100/87 y 137/87 de fecha 1º de junio de 1987 y 30 de julio de 1987, respectivamente, con destino exclusivo a la construcción de un Centro Comercial en favor de sus afiliados.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los veintidos días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Ciro Humboldt Barrero, Willy Vargas Vacaflor, Oscar Lazcano H., Alfredo Cuellar Vargas, Ulises Hurtado Cuellar, Carlos Farah Aquím.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La paz, a los veintiseis días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan Carlos Durán