06 DE FEBRERO DE 1976 .- Autorízase al Min Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, la compra de una aeronave marca "Rockwell" Turbo - Comander 690 -A, Serial 11067, matrícula boliviana CP-1076 de la Cía. Unión Oil Company of Bolivia por $b. 8.160.000.-.
DECRETO SUPREMO Nº 13350
GRAL. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R AN D O :
Que, Union Oil Company of Bolivia, sociedad anónima de los Estados Unidos de América, con segundo domicilio legalmente establecido en el país y personería jurídica reconocida, como propietataria de una aeronave Marca - “Rockwell” Turbo-Comander 690-A Serial N° 11067 con matrícula boliviana CP-1076, ha ofertado en calidad de venta dicha aeronave y un lote de repuestos, al Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil;
Que, habiéndosele otorgado la respectiva Licencia de Operaciones, esta aeronave ha evidenciado óptimo rendimiento, adaptada a las condiciones y caracterítica del territorio nacional; lo que hace presumir que prestará importantes servicios a las necesidades de la Presidencia de la República y de otros Portafolios de Estado, en casos de urgencia, y especialmente, a las necesidades del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, para cumplir los planes de desarrollo que encara el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación;
Que, en la importación de la aeronave, se ha cumplido con todos los requisitos de Ley y se halla debidamente registrada ante las correspondientes entidades del Estado, y no hace parte de las inversiones mínimas garantizadas que Union Oil Co. of Bolivia, debe hacer en el país conforme a las previsiones de Ley General de Hidrocarburos, aprobada por Decreto Ley N° 10170, de 28 de marzo de 1972, y por el contrato de operaciones que tiene suscrito con Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos, aprobado por Decreto Supremo N° 10762 de 12 de marzo de 1973 y por tanto, Oil Company of Bolivia tiene libre derecho de disposición sobre dicha aeronave;
Que, las regulaciones vigentes para este tipo de adquisiciones, determinan procedimientos especiales de los cuales se debe prescindir excepcionalmente en este caso, por tratarse de una compra altamente beneficiosa para los intereses fiscales;
Que, existe la respectiva Partida presupuestaria para esta adquisición.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Con cargo a la Partida 433 - Equipo de transporte, tracción y elevación, del presupuesto del Ministerio de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, correspondiente a la presente gestión fiscal, se autoriza a ese Despacho, la compra de la aeronave Marca “Rockwell” Turbo-Comander 690 - A, Serial 11076, matrícula boliviana CP-1076, de la Compañía Union Company of Bolivia, por el precio convenido y pago al contado de OCHO MILLONES CIENTO SESENTA MIL PESOS BOLIVIANOS ($b. 8.160.000.-), que cubre también el precio de un lote de repuestos inventariado y debidamente establecido por dicho Ministerio.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a los señores: Ministro de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno, la suscripción del correspondiente contrato de compra-venta de la aeronave en representación del Estado, con los personeros de Union Oil Company of Bolivia.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Transportes, Comunicaciones y Aeronáutica Civil, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de febrero de mil novecientos setenta y seis años.
FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Alberto Guzmán Soriano, Juan Pereda Asbún, René Bernal Escalante, Juan Lechín Suárez, Carlos Calvo Galindo, Waldo Bernal Pereira, Julio Trigo Ramírez, Mario Vargas Salinas, José Antonio Zelaya Salinas, Alberto Natusch Busch, Guillermo Jiménez Gallo, Jorge Torres Navarro, Santiago Maesse Roca.