03 DE JUNIO DE 1971 .- Concede pensión vitalicia a la menor Macaria Flores Oxsa.
DECRETO SUPREMO N° 09756
GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ
PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO
CONSIDERANDO:
Que, como consecuencia de heridas recibidas durante los luctuosos sucesos acaecidos, en la localidad minera de Siglo XX el 24 de junio de 1967, la menor Macaria Flores Oxsa, padece de paraplejia post-traumática con trastornos esfinterianos de carácter irreversible,
Que, es deber del Estado atender y proteger a la menor fortuítamente inválida concurriendo en su ayuda otorgándole una pensión que le permita subvenir sus premiosas necesidades.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha se concede en favor de la menor Macaria Flores Oxsa, la pensión vitalicia mensual de $b. 150.- (ciento cincuenta 00/100 pesos bolivianos).
El egreso será apropiado a la partida N° 711, Pensiones, Donaciones y Premios del Presupuesto del Ministerio de Previsión Social y Salud Pública.
El señor Ministro de Estado, en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos setenta y un años.
FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, Flavio Machicado Saravia, Javier Torres Goitia, Jorge Prudencio Cossío, Hugo Poope Entrambasaguas, Isaác Sandoval Rodríguez, Ramiro Villarroel Claure, Mario Candia Navarro, Jorge Cadima Valdez, Edmundo Roca Vaca Diez, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.