La Ley Nº 999, promulgada el 20 de mayo de 1988, aprueba el Convenio de Préstamo No. 1882/BO entre el Gobierno de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento, por un monto equivalente a diecinueve millones de Derechos Especiales de Giro, firmado el 4 de marzo de 1988. La ley se remite al Poder Ejecutivo para su cumplimiento.
LEY Nº 999
LEY DE 20 DE MAYO DE 1988
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Unico.- Aprobar el Convenio de Préstamo No.- 1882/BO, entre el Gobierno de Bolivia y la Asociación Internacional de Fomento, por una cantidad de diversas monedas equivalente a diecinueve millones de Derechos Especiales de Giro, suscrito el 4 de marzo de 1988.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diecisiete días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho años.
Fdo. Luis Añez Alvarez, Carlos Simon Simon, Alfredo Cuéllar Vargas, Oscar Lazcano Henry, Ulises Hurtado Cuéllar, Carlos Farah Aquím.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y ocho años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Juan L. Cariaga Osorio.