Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0001/2022-CA Sucre, 5 de enero de 2022
Expediente: 44043-2021-89-RDN Recurso directo de nulidad Departamento: Chuquisaca
El recurso directo de nulidad interpuesto por Virginia Quiñones contra Celideth Ochoa Castro, Gerente Distrital I del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) La Paz; Juan Marco Antonio Bermúdez Gutiérrez, Denis Rojas Moscoso y Milenka Marín Mendoza, Servidores Públicos de las Unidades de Cobranza Coactiva, de Gerencia Jurídica y de Normas Tributarias, respectivamente; y, Marco Antonio Ortiz Canaza, Abogado; todos de la misma institución, demandando la nulidad del mandamiento de desapoderamiento 128/"2105" (sic), así como el acto de ejecución de esa orden.
I. ANTECEDENTES DEL RECURSO
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 24 de diciembre de 2021, remitido a la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional Plurinacional el 29 del mismo mes y año, cursante de fs. 37 a 45 vta., la recurrente refiere ser una persona de la tercera edad que tenía la posesión de una habitación y una tienda en calidad de comodataria en el bien inmueble ubicado en la calle Ravelo 13 de la ciudad de Sucre, de propiedad de Mario Urdininea Peñaranda, el cual fue "abusivamente" sometido a un procedimiento administrativo de ejecución tributaria por una deuda que tenía con la administración tributaria, proceso que llegó a la etapa de remate que no fructificó, dando lugar a un injusto trámite de adjudicación directa por un irrisorio precio del 20% del valor real del inmueble, dictándose la Resolución Administrativa (RA) CITE: SINGDLPZ-I/DJCC/UCC/SUBASTAS/RA/0005/2015 de 1 de abril, que dio lugar al trámite de desapoderamiento, el cual carece de respaldo jurídico; empero, el Gerente Distrital a.i. del SIN La Paz, emitió el Mandamiento de Desapoderamiento 128/2015 de 22 de julio, y fue ejecutado el 24 de ese mismo mes y año, de una forma por demás ilegal, inhumana y cruenta con su persona que tenía derechos reales como la posesión emergente del comodato sobre parte del bien inmueble.
I.2. Argumentos jurídicos del recurso
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