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TCP

0003/2021-CA

Tribunal Constitucional Plurinacional
4 de enero de 2021
Resumen del caso

Auto 0003/2021-CA

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

AUTO CONSTITUCIONAL 0003/2021-CA Sucre, 4 de enero de 2021

Expediente: 33769-2020-68-CET Conflicto de competencias entre el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas y entre estas Departamento: Cochabamba

El conflicto positivo de competencias entre el Nivel Central del Estado y el Gobierno Autónomo Departamental de Cochabamba; interpuesto por Esther Soria Gonzales, Gobernadora de la referida entidad territorial autonómica contra Jeanine Añez Chávez, Presidenta en ejercicio del Estado Plurinacional de Bolivia; Karen Longaric Rodríguez, Ministra de Relaciones Exteriores; Yerko Nuñez Negrete, Ministro de la Presidencia; Arturo Carlos Murillo Prijic, Ministro de Gobierno; Luis Fernando López Julio, Ministro de Defensa; Carlos Melchor Díaz Villavicencio, Ministro de Planificación del Desarrollo; José Luis Parada Rivero, Ministro de Economía y Finanzas Públicas; Víctor Hugo Zamora Castedo, Ministro de Hidrocarburos; Álvaro Rodrigo Guzmán Collao, Ministro de Energías; Wilfredo Rojo Parada, Ministro de Desarrollo Productivo y Economía Plural; Iván Arias Durán, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda; Carlos Eduardo Coímbra Cornejo, Ministro de Justicia y Transparencia Institucional; Oscar Bruno Mercado Céspedes, Ministro de Trabajo, Empleo y Previsión Social; María Elva Pinckert de Paz, Ministra de Medio Ambiente y Agua; Víctor Hugo Cárdenas Conde, Ministro de Educación; Beatriz Eliane Capobianco Sandoval, Ministra de Desarrollo Rural y Tierras; Martha Yujra Apaza, Ministra de Culturas y Turismo; María Isabel Fernández Suarez, Ministra de Comunicación; Milton Navarro Mamani, Ministro de Deportes; Aníbal Cruz Senzano y Marcelo Navajas Salinas, ambos ex Ministros de Salud; y, Fernando Valenzuela, Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud.

I. SÍNTESIS DEL CONFLICTO

I.1. Contenido de la solicitud

Por memorial presentado el 12 de mayo de 2020, cursante de fs. 25 a 32 vta., la demandante refiere que el 13 de abril de igual año, conoció la Resolución Ministerial (RM) 0196, emitida por el Ministerio de Salud en la misma fecha, en virtud del Decreto Supremo (DS) 4200 de 25 de marzo del indicado año, el Ministro de Salud, de manera ilegal se atribuye competencia que no le corresponde, al disponer arbitrariamente la transferencia de la dependencia técnica, administrativa y de gestión del Servicio Departamental de Salud (SEDES) Cochabamba a dicho Ministerio, además de designar a un Director Técnico, acto viciado de incompetencia, ya que vulnera la Norma Suprema y atenta la autonomía departamental. Ante esa circunstancia, el 21 de abril de citado año, solicitó a la nombrada autoridad la nulidad de la referida Resolución Ministerial, pedido que fue reiterado mediante nota de 30 de abril del citado año, enviada mediante correo electrónico interinstitucional, exigiendo se pronuncie en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas. No obstante de haber cumplido plazo previsto por la norma, no recibió respuesta sobre su pretensión por parte del citado Ministro ni por la Presidenta del Estrado Plurinacional de Bolivia, motivo por el cual, en observancia del art. 95.V de la Constitución Política del Estado (CPE), formuló conflicto positivo de competencias, solicitando se admita el conflicto de competencias y se declare la incompetencia del nivel central del Estado, respecto del DS 4200 de 25 de marzo de 2020 y RM 0196 de 13 de abril del mismo año, y se disponga su inmediata derogatoria.

I.2. Trámite procesal en la Comisión de Admisión

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