Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO ACLARATORIO A LA Sucre, 21 de febrero de 2022
SALA PLENA Magistrado: MSc. Paul Enrique Franco Zamora Conflicto de competencias jurisdiccionales
Expediente: 26533-2019-59-CCJ Departamento: Chuquisaca
En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre el Teofilo Sanabria Leon, Secretario de Justicia Comunitaria de la Centralia Sindical Unica de Trabajadores Campesinos Manuel Ascencio Padilla de la Provincia Tomina y el Juez Agroambiental de Padilla ambos del departamento de Chuquisaca.
I. ANTECEDENTES
La , objeto del presente voto aclaratorio, resolvió declarar competente al Juez Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca, para conocer y resolver la demanda por avasallamiento interpuesta por Filomena Marina Torres Rojas contra Simeón Limón Barja, Jesusa Ramírez Rodas y Jose Rider Mendieta Padilla concluyendo básicamente que, al no concurrir el ámbito de vigencia personal con los argumentos expuestos en la referida Sentencia, ya no sería necesario realizar mayores precisiones respecto a los ámbitos de vigencia material y territorial, en razón a que la inconcurrencia de uno de los presupuestos o condiciones para el ejercicio de la Jurisdicción Indígena Originario Campesina (JIOC) sería suficiente para concluir en la incompetencia de la autoridad Indígena Originaria Campesina (IOC) para conocer y resolver un caso concreto.
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