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TCP

0005/2022

Tribunal Constitucional Plurinacional
21 de febrero de 2022SALA PLENA

Voto Disidente 0005/2022

Proceso
—
Sala
SALA PLENA
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 21 de febrero de 2022

SALA PLENA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

Conflicto de competencias jurisdiccionales

Expediente: 26533-2018-54-CCJ

Partes: En el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre Teófilo Sanabria León, Secretario de Justicia Comunitaria de la Centralía Sindical Única de Trabajadores Campesinos Manuel Ascencio Padilla de la provincia Tomina y el Juez Agroambiental de Padilla, ambos del departamento de Chuquisaca.

Departamento: Chuquisaca

La suscrita Magistrada manifiesta su desacuerdo con los argumentos y la determinación asumida en la ; por lo que, en el plazo establecido expresa su Voto Disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

I. ARGUMENTOS DEL VOTO DISIDENTE

El fallo constitucional objeto de la presente disidencia, resuelve declarar: "COMPETENTE al Juez Agroambiental de Padilla del departamento de Chuquisaca para conocer y resolver la demanda por avasallamiento interpuesta por Filomena Marina Torres Rojas contra Simeón Limón Barja, Jesusa Ramírez Rodas y José Rider Mendieta Padilla, disponiendo la reanudación de la referida demanda".

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