Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2021-S4 Sucre, 9 de marzo de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 32309-2019-65-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 23/2019 de 11 de diciembre, cursante de fs. 29 a 33, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Claudio Pedro Linares Cardozo contra Adán Willy Arias Aguilar, Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 10 de diciembre de 2019, cursante de fs. 15 a 17 vta., manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal que le sigue el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de abuso sexual, se dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz; luego de solicitada la cesación de dicha medida cautelar, mediante Auto Interlocutorio 609/2019 de 10 de octubre, se dispuso a su favor la aplicación de medidas sustitutivas; determinación que fue apelada por la parte acusadora y resuelta por Adán Willy Arias Aguilar, Presidente de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz ?ahora demandado?, a través del Auto de Vista 530/2019 de 10 de diciembre, revocando la resolución de primera instancia, con total falta de objetividad, disponiendo una vez más su privación de libertad, con el argumento de que continuaba el peligro efectivo para la víctima, cuando dicho riesgo procesal ya había sido enervado de manera parcial ante el Juez inferior.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Denunció la lesión de sus derechos a la libertad, debido proceso en sus elementos fundamentación y motivación y a la defensa, citando al efecto los arts. 23, 117, 119 y 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se le conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se disponga su libertad, ordenando a la autoridad demandada actúe respetando sus derechos y garantías constitucionales y con objetividad.
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Mostrando 15 de 71 parrafos.