Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0016/2023-ECA Sucre, 14 de febrero de 2023
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de amparo constitucional
Expediente: 42244-2021-85-AAC Departamento: Potosí
En la enmienda de oficio de la , emitida dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Milton Hugo Montero Sierra contra Wilson Felipe Zelaya Prudencio, Presidente Ejecutivo a.i.; Orlando René Colque Huarita, Distrital Comercial de Potosí; y, German Hugo Weisser Delgado, ex Gerente General de Talento Humano Corporativo a Nivel Nacional, todos de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (FPFB).
I. ANTECEDENTES
En la parte resolutiva de la , de oficio, se advirtió un error de forma referente a la identificación del Juez de garantías, al haberse consignado como: "Juez Público Civil y Comercial Primero de Villazón del departamento de Potosí"; en lugar de Juez Público de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Villazón del citado departamento.
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
II.1. Naturaleza jurídica de la aclaración, enmienda y complementación
El instituto procesal de la aclaración, enmienda y complementación se encuentra normado en el art. 13 del Código Procesal Constitucional (CPCo), que establece:
"I. Las partes, dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la notificación de la resolución, podrán solicitar se precise conceptos obscuros, corrija errores materiales o subsane omisiones, sin afectar el fondo del fallo emitido.
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