Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO ACLARATORIO Sucre, 24 de agosto de 2020
SALA PLENA Magistrada: MSc. Georgina Amusquivar Moller
Conflicto de competencias jurisdiccionales
Expediente: 29687-2019-60-CCJ Departamento: Santa Cruz
Suscitado entre: El Juez Público Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de San Julián y la Jueza Agroambiental de Pailón, ambos del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES RELEVANTES
La suscrita Magistrada, en aplicación del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), considera necesario aclarar su voto de aprobación emitido en la , cuya parte dispositiva declara "COMPETENTE al Juez Público Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de San Julián del departamento de Santa Cruz, para conocer y resolver la demanda de división y partición de bienes gananciales plateada por Mercedes Vargas Rengipo contra Miguel Paredes Galarza, debiendo remitirse los antecedentes correspondientes ante dicha autoridad jurisdiccional"; si bien expresa su acuerdo con la referida Resolución, objeto del presente Voto Aclaratorio; sin embargo, considera necesario realizar una aclaración en relación a la cita que hace en su Fundamento Jurídico III.2 respecto a la que hace referencia a la , último sobre el cual efectuó un Voto Disidente.
II. FUNDAMENTOS DEL VOTO ACLARATORIO
Admitido por , cursante de fs. 36 a 39, el conflicto de competencias jurisdiccionales suscitado entre el Juez Público Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de San Julián y la Jueza Agroambiental de Pailón, ambos del departamento de Santa Cruz, la Sala Plena del Tribunal Constitucional Plurinacional por , declara "COMPETENTE al Juez Público Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de San Julián del departamento de Santa Cruz, para conocer y resolver la demanda de división y partición de bienes gananciales plateada por Mercedes Vargas Rengipo contra Miguel Paredes Galarza, debiendo remitirse los antecedentes correspondientes ante dicha autoridad jurisdiccional". II.1. Naturaleza jurídica del control competencial de constitucionalidad
Mostrando 10 de 48 parrafos.