Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0020/2021- S2 Sucre, 1 de abril de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 31022-2019-63-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 17/2019 de 20 de septiembre, cursante de fs. 58 a 60, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Eddy Santos Sirpa Quispe en representación sin mandato de Marco Antonio Apaza Mamani contra Claudia Clara Estrada Callizaya, Malena Lenny Cazana Apaza y Lidia Claudia Coronel Blanco, Juezas; Rosemary Conde Murillo, Secretaria; y, Freddy Arturo Romero Piza, Oficial de Diligencias, todos del Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 19 de septiembre de 2019, cursante a fs. 4 y vta., el accionante a través de su representante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 6 de septiembre de 2019, a horas 9:00 se llevó a cabo la audiencia de cesación a la detención preventiva, una vez concluida formuló recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 315/2019 de misma fecha, emitida por el Tribunal de Sentencia Penal Tercero de El Alto del departamento de La Paz. El 16 del mes y año señalados, dejaron los recaudos necesarios al funcionario de ese despacho, para la remisión de las piezas procesales pertinentes en fotocopias legalizadas al Tribunal de alzada; empero, a pesar de notificarse a las partes en la indicada fecha, el cuadernillo de apelación no ha sido remitido al Tribunal superior, manifestando que faltaban realizar algunas notificaciones, situación burocrática que lesionó sus derechos constitucionales.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señaló como lesionados sus derechos a la libertad y al debido proceso, por falta de celeridad en la remisión de antecedentes en apelación, sin cita legal alguna.
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia, ordenar la remisión de la apelación que cursa en el cuaderno de juicio, para que la instancia superior pueda dirimir su derecho vulnerado.
I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías
Celebrada la audiencia pública el 20 de septiembre de 2019, según consta en el acta cursante de fs. 56 a 57, se produjeron los siguientes actuados:
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
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