Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 27 de abril de 2022
SALA PLENA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Acción de inconstitucionalidad concreta
Expediente: 39914-2021-80-AIC
Partes: Dentro de la acción de inconstitucionalidad concreta promovida por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz a instancia de Ivo Mateo Kuljis Fuchtner demandando la inconstitucionalidad de la frase "...no será susceptible de impugnación" del art. 277 del Código de las Familias y del Proceso Familiar" (CFPF) por ser presuntamente contrario a los arts. 178.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).
Departamento: Santa Cruz
La suscrita Magistrada manifestó su desacuerdo con ingresar al fondo de la acción de inconstitucionalidad concreta planteada, al considerar que no existían los suficientes fundamentos jurídico-constitucionales que generen duda razonable sobre la constitucionalidad de la norma impugnada; por lo que, la acción debió ser declarada improcedente, conforme las razones que se pasan a explicar:
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