Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0024/2020-S3 Sucre, 12 de marzo de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de amparo constitucional
Expediente: 28512-2019-58-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 041/2019 de 8 de abril, cursante de fs. 396 a 398 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Osmar Richar Quispe Condori en representación legal de Rosalía Justina Navía Yahuasi contra William Eduard Alave Laura, Fiscal Departamental de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
La accionante a través de su representante, por memoriales de 19 de marzo y 2 de abril, ambos de 2019, cursantes de fs. 374 a 376 vta.; y, 383 a 385 vta., manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 20 de julio de 2014, se encontraba con su hija menor de 8 años de edad, en inmediaciones "...del Faro Murillo, Av. Panorámica..." (sic), cuando fue interceptada intempestivamente por un vehículo del cual bajaron Felipa Hortencia Yupanqui Trujillo; Wendy Dennisse y Willber Harold, ambos de apellidos Marquez Yupanqui, profiriendo una serie de insultos en su contra, agrediéndola físicamente pese a su estado de gestación, sustrayéndole de su cartera la suma Bs4 000.- (cuatro mil bolivianos) y un celular. Y en esa circunstancia, su hija también fue agredida.
En mérito a lo anterior, interpuso denuncia penal ante el Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de tentativa de aborto, procediéndose a la apertura del caso EAL1407071; y, corridos los trámites, encontrándose convaleciente en el hospital, Ramiro Jarandilla Maldonado, Fiscal de Materia, emitió una primera Resolución de rechazo de denuncia; sin embargo, el caso fue reaperturado bajo nuevos elementos de convicción por parte de Rudy Nelson Terrazas Torrico, Fiscal de Materia.
Posteriormente, el caso nuevamente fue rechazado por la Fiscalía Corporativa de Delitos contra las Personas de El Alto, mediante Resolución 2605/2018 de 17 de julio, aplicando el art. 304 incs. 3) y 4) del Código de Procedimiento Penal (CPP), la cual fue objetada, mereciendo la Resolución FDLP/WEAL/R 76/2018 de 21 de noviembre, dictada por el Fiscal Departamental de La Paz ahora demandado, ratificando la determinación de rechazo sin la adecuada fundamentación.
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
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