Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2022-O Sucre, 9 de junio de 2022
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción popular
Expediente: 34239-2020-69-AP Departamento: Santa Cruz
En conocimiento la queja por incumplimiento de la , cursante de fs. 356 a 382, dentro de la acción popular interpuesta por Rubén Armando Costas Aguilera, Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz contra María Eyda Roca de Sangueza, Ministra a.i. del Ministerio de Salud y Deportes; Geovanni Pacheco Fiorilo, representante de la Agencia de Infraestructura en Salud y Equipamiento Médico (AISEM); y, Oscar Gonzalo Caballero Vaca, representante de la Empresa MAKIBER Sociedad Anónima (S.A.).
I. ANTECEDENTES DE LA SOLICITUD
I.1. Hechos que motivan la queja
Mediante memoriales presentados el 18 de enero de 2022, cursante de fs. 406 a 409 vta.; y, de subsanación el 20 de igual mes y año (fs. 428 a 430) Maico Walter Moreno Vaca, Roxana Menacho Céspedes y Daniel Pardo Marañón, interpusieron denuncia por incumplimiento de la , haciendo referencia que la ejecución de una sentencia constitucional puede ser solicitada por terceros a la acción de defensa cuando haya un interés legítimo que debe ser acreditado; señalando que, la misma fue cumplida parcialmente, porque si bien el Hospital se abrió para la atención de la ciudadanía desde junio de 2020, el mismo se encuentra cerrado desde el mes de septiembre de 2021, sin que hasta la fecha se hubiese señalado una fecha clara y cierta de su reapertura, hecho que demuestra su incumplimiento.
Si bien el 1 de septiembre de 2021, el Viceministro de Gestión Sanitaria dejó en claro que ante una eventual cuarta ola en el país, esencialmente en el departamento de Santa Cruz, los servicios atenderán plenamente cuando sea necesario; por lo que, se tiene esa brecha de veinte días para finalizar las obras; empero, pasaron más de cuatro meses y el Hospital no fue reabierto, con la agravante de que la cuarta ola del COVID-19 nuevamente azota al país; hecho que les afecta como cruceños que viven en el departamento de Santa Cruz, con domicilios en los municipios de Montero y Buena Vista; razón por la que el incumplimiento de la referida Sentencia Constitucional Plurinacional les afecta directamente, ya que el acceso a la salud es de carácter universal y el deber de protección del Estado cubre a todos los ciudadanos.
En el caso presente, la , concedió la tutela al derecho colectivo de los cruceños ordenando abrir de manera excepcional el Hospital de Montero hoy denominado Oscar Urenda, que se cumplió de manera parcial al haberse cerrado el mismo hace casi cinco meses, cuando la Organización Mundial de la Salud (OMS), mantiene la declaratoria de pandemia global por el COVID-19; cuando se otorgó la tutela el Hospital se encontraba en construcción con un avance del 80% ahora por lo informado por el Ministerio de Salud el avance es del 90% pero curiosamente el Hospital está cerrado.
I.1.1. Petitorio
Los denunciantes solicitaron se declare probada su denuncia y se otorgue un plazo breve y prudencial a los demandados para el cumplimiento de la , ordenando la apertura del Hospital "Oscar Urenda" de Montero, estableciendo la prohibición de cerrar el mismo, bajo apercibimiento de remitir antecedentes al Ministerio Público.
I.2. Respuesta del demandado
Álvaro Osta García, en representación de la Empresa MAKIBER S.A. Sucursal Bolivia, mediante informe escrito, presentado el 28 de enero de 2022, cursante de fs. 798 a 800, señaló que:
- a)Posterior a la Sentencia que ordenó la habilitación parcial del Hospital de Tercer Nivel de Montero, aún en construcción; motivo por el que, se procedió a la apertura del referido nosocomio suscribiendo el acta de recepción provisional parcial del Hospital el 18 de junio de 2020, fecha desde que el mismo funcionó regularmente, razón por la que, el 11 de agosto de 2021, se procedió a firmar el Contrato "06", modificatorio al Contrato inicial de llave en mano CD-LM-07/2016 que amplió el plazo de ejecución por la pandemia, estando aún vigente la relación contractual;
- b)Su empresa cumplió con los términos del referido contrato, y desde que se entregó provisionalmente el Hospital en cuestión funcionó de manera regular; puesto que, el 21 de octubre de 2021, su empresa realizó la entrega total del Hospital de Montero, suscribiendo el acta de entrega firmada por la AISEM, la Supervisión de la obra FPS y la empresa Contratista, conforme a requerimientos técnicos y logísticos establecidos tanto en el contrato principal como en los modificatorios; en tal entendido se podrá advertir que como empresa contratista realizaron todas las acciones necesarias para permitir que el indicado nosocomio pueda entrar en funcionamiento desde junio de 2020; y,
- c)Tanto la AISEM como la Gobernación del departamento de Santa Cruz, son los directos responsables de poner en funcionamiento el mencionado Hospital, y si bien a la fecha se encuentra cerrado, tal situación, es ajena a alguna acción u omisión atribuible a la empresa contratista.
Javier Christian Fulguera Condori, Director General Ejecutivo de la AISEM, por memorial de 1 de febrero de 2022, cursante de fs. 854 a 855, refirió lo siguiente:
- 1)Suscribieron un convenio con el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, que tenía como objeto, el ejercicio coordinado de las responsabilidades que derivan de la competencia concurrente en materia de salud mediante la transferencia de recursos económicos por parte del Ministerio de Salud por la contratación de servicios no personales y adquisición de equipamiento e insumos requeridos para el funcionamiento del Hospital de Tercer Nivel de Montero, a ser cedido en calidad de préstamo de uso temporal o comodato por parte del AISEM a la Gobernación Autónoma Departamental de Santa Cruz, con la finalidad de atender la pandemia generada por el COVID-19; y,
- 2)El referido convenio tenía una duración de tres meses prorrogables por tres meses más según voluntad de partes, en tal entendido, se puede evidenciar que la AISEM dio pleno cumplimiento a la , dentro del vínculo contractual con la empresa contratista, el proyecto de infraestructura hospitalaria denominado Hospital de Tercer Nivel de Montero, ya se encuentra en etapa de puesta en marcha, es decir, en el proceso previo a la entrega definitiva.
Jeyson Marcos Auza Pinto, actual Ministro de Salud y Deportes, mediante sus representantes Heber Luis Lamas Cuarita, Yamil Pericón Vidovic, Julia Quisbert Quispe, Gridvia Indira Uría Ortiz, Ángela Grecia Magueño Díaz y Rosmery Alarcón Cueto, presentó escrito el 9 de marzo de 2022, cursante de fs. 1003 a 1005 vta., señalando que:
- i)Dieron pleno cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución constitucional 37/2020, efectuando la entrega provisional del Hospital el 5 de junio de 2020, habilitando espacios útiles a través de convenio intergubernativo suscrito entre el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, el Ministerio de Salud y la AISEM de la misma fecha, que tuvo por objeto el ejercicio coordinado de las responsabilidades que derivan de la competencia concurrente en materia de salud mediante la transferencia de recursos económicos suficientes por parte del Ministerio de Salud, para la contratación de personal eventual para el funcionamiento del Hospital de tercer nivel, como cabeza del sector del Ministerio de Salud, realizaron todas las acciones necesarias para combatir la pandemia del COVID-19, proporcionado medicamentos, insumos médicos, ampliando la vacunación; y,
- ii)Del memorial presentado por los impetrantes se advierte que vía queja por un supuesto incumplimiento a fallos constitucionales, se solicitó que se modifique la resolución emitida por la instancia constitucional y se incluyan nuevos elementos a su decisión, lo que no corresponde porque el Tribunal Constitucional Plurinacional concedió la tutela solicitada en los mismos términos dispuestos por la Sala Constitucional siendo dichos fallos de cumplimiento obligatorio.
I.3. Tramite de la queja por incumplimiento en la Sala Constitucional
I.3.1. Resolución de la queja
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, mediante Resolución de 10 de marzo de 2022, cursante de fs. 1007 a 1012 vta., concedió la queja por incumplimiento, conminando a las autoridades demandadas que procedan a dar cumplimiento estricto a la disponiendo, se proceda a la apertura del Hospital de Tercer Nivel de Montero, sea lo más antes posible; basando su decisión en los siguientes fundamentos:
- a)La jurisdicción constitucional en la , argumento que no se puede privar de la continuidad del servicio de salud a personas que lo requieran cuando ello puede repercutir en la propia subsistencia de la persona, es decir, se pueda afectar la vida misma, habiéndose incluso establecido que el COVID-19 pone en peligro la salud y la vida de las personas del departamento de Santa Cruz y por ello no pueden primar cuestiones formales, debiéndose procurar la entrega anticipada; y,
- b)Una vez dispuesta la apertura provisional del Hospital de Tercer Nivel de Montero, ya no se podía ir en regresividad, es decir, volver a cerrarlo, porque de lo contrario implicaría volver a colocar en amenaza a la salubridad pública que fue tutelada en la jurisdicción constitucional, en tal sentido, debió materializar la consolidación de la apertura permanente y no así como aconteció en la actualidad, el mismo se encuentra cerrado; sin ser menos evidente que la empresa contratista concluyó con la obra y la entrega definitiva, siendo evidente el incumplimiento de la .
I.3.2. Impugnación del Auto emitido por la Sala Constitucional
Jeyson Marcos Auza Pinto, actual Ministro de Salud y Deportes, a través de sus representantes legales, mediante memorial presentado en el buzón judicial, el 21 de marzo de 2022, cursante de fs. 1036 a 1038 vta.; impugnó la Resolución de 10 de igual mes y año, bajo los siguientes argumentos:
- 1)El 5 de junio de 2020, suscribieron Contrato modificatorio 002/2020, entre el Director General Ejecutivo de la AISEM y la empresa contratista, a la fecha el Hospital de montero por sus características cuenta con las instalaciones y el adecuado manejo hospitalario de pacientes que eventualmente podrían contraer COVID-19 en el departamento de Santa Cruz, aclarando que según los contratos suscritos para la construcción de dicho proyecto este no únicamente fue proyectado para la atención de la pandemia del COVID-19 sino para tener varias especialidades buscando la satisfacción del derecho a la salud, en la fase de puesta en marcha que cuente con equipo de alta complejidad; así como, equipamiento médico, de acuerdo a las diferentes áreas; y,
- 2)El Ministerio de Salud no es la entidad encargada de poner en marcha el citado nosocomio, sino la AISEM, ahora si bien a la fecha no está operando el área de atención contra el COVID-19, que fue aperturado de manera provisional en cumplimiento de la , el objetivo mayor es concluir con la fase de puesta en marcha de todas las especialidades; por lo que, de ninguna manera se está castigando a la población, por el contario se pretende implementar una atención integral, debido a que se concluirán de manera satisfactoria la puesta en marcha de todas las especialidades que funcionaran en el Hospital de Montero una vez concluida la última fase.
Javier Christian Fulguera Condori, Director General Ejecutivo de la AISEM, por medio de sus representantes presentó escrito el 6 de mayo 2022, cursante de fs. 1197 y vta.; impugnando la Resolución de 10 de marzo de 2022, bajo los siguientes argumentos:
- i)De acuerdo al Contrato de llave en mano CD-LM-07/2016 de 5 de septiembre, su adenda y los seis contratos modificatorios, se estableció que el proyecto de construcción del hospital en cuestión cuenta con tres fases, de pre inversión, inversión y puesta en marcha, a momento de plantearse la acción popular, la obra se encontraba en plena fase de inversión, es decir, encontrándose en vigencia el contrato administrativo y a pesar de ello suscribieron el convenio intergubernativo de 5 de junio de 2020, con la finalidad de atender la pandemia en el departamento de Santa Cruz, esto a pesar de que la infraestructura hospitalaria no fue entregada a la AISEM, ni al Ministerio de Salud;
- ii)Al presente la relación contractual con la empresa contratista no culminó; puesto que, el proyecto se encuentra en fase de puesta en marcha que incluye un etapa preparatoria, de organización y coordinación para la habilitación del Hospital, de acuerdo a normativa vigente, así como la apertura gradual de servicios con atención al público incluso la ocupación de ambientes en la primera apertura del Hospital evitó que la empresa contratista finalice los trabajos pendientes, subsanación de observaciones realizadas por la supervisión y fiscalización habiéndose ocasionado daños a los ambientes y equipos, en tal entendido, lo que se quiere, es asegurar la sostenibilidad y atención de los pacientes en el tiempo; y,
- iii)La AISEM se encuentra realizando todas las acciones necesarias para efectivizar la entrega definitiva de la infraestructura hospitalaria, para dar pleno cumplimiento al contrato administrativo de la construcción del referido Hospital.
II. CONCLUSIONES
De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:
II.1. Se tiene en antecedentes de la presente acción de defensa fotocopias de las Cédulas de identidad de Maico Walter Moreno Vaca, Roxana Menacho Céspedes y Daniel Pardo Marañón ?ahora denunciantes? por los que se acredita que tienen domicilio en los municipios de Andrés Ibáñez, Montero y Buena Vista, respectivamente del departamento de Santa Cruz (fs. 400, 401 y 402).
II.2. Mediante la , la Sala Cuarta Especializada del Tribunal Constitucional Plurinacional, confirmó la Resolución 37/2020 de 1 de junio, pronunciada y elevada en revisión por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; concediendo la tutela en los mismos términos dispuestos por la referida Sala Constitucional (fs. 356 a 382).
II.3. Cursa nota de prensa del Diario El Deber, donde refieren que el Hospital de Montero está cerrado hace más de dos meses y tiene deudas pendientes desde 2019 por servicios básicos (fs. 403); así como, notas informativas extractadas de la página del Ministerio de Salud (minsalud.go.bo) donde se informó, que el Hospital en cuestión se encuentra en un 99% de construcción y que se trabajará en la fase de organización entre las instituciones involucradas y sobre la subida de casos de COVID-19 (fs. 404 y 405).
II.4. Consta en obrados, Contrato modificatorio 002/2020 de 4 de junio, al Contrato de llave en mano CD-LM-07/2016, a objeto de que las partes procedan a determinar las áreas y el equipamiento que se requiere para la atención de pacientes COVID-19, cuya utilización es considerada como necesaria, acordando recepciones provisionales que serán implementadas según el Contrato modificatorio, que además fijó nuevo plazo de entrega de la obra (fs. 447 a 452); asimismo, se suscribieron Convenios Intergubernativos entre el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, el Ministerio de Salud y la AISEM, para la provisión de servicios no personales, equipamiento e insumos para el Hospital de Tercer Nivel de Montero, para la atención del COVID-19 (fs. 453 a 464); y, otro Convenio por el que se establecieron los permisos y responsabilidades a ser asumidas por la AISEM y el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, para la fase de puesta en marcha del proyecto de construcción del Hospital de tercer nivel de Montero (fs. 465 a 471).
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los activantes de la queja, dentro de la acción popular planteada por Rubén Armando Costas Aguilera, entonces Gobernador del Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz contra María Eyda Roca de Sangueza, Ministra a.i. del Ministerio de Salud y Deportes; Geovanni Pacheco Fiorilo, representante de la AISEM; y, Oscar Gonzalo Caballero Vaca, representante de la Empresa MAKIBER S.A.; denunciaron incumplimiento de la , señalando que, la misma fue cumplida parcialmente, porque, si bien el Hospital se abrió para la atención de la ciudadanía desde junio de 2020, el mismo se encuentra cerrado desde el mes de septiembre de 2021, sin que hasta la fecha se hubiera señalado una fecha clara y cierta de su reapertura cuando la OMS mantiene la declaratoria de pandemia global por el COVID-19, hecho que les afecta como cruceños que viven en el departamento de Santa Cruz, con domicilios en los municipios de Montero y Buena Vista.
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