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TCP

0027/2023

Tribunal Constitucional Plurinacional
2 de mayo de 2023SALA PLENA

Voto Disidente 0027/2023

Proceso
Sala
SALA PLENA
Año
2023

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Texto del fallo

Texto de la resolucion

FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 2 de mayo de 2023

SALA PLENA Magistrada: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Conflicto de competencias jurisdiccionales

Expediente: 28498-2019-57-CCJ Departamento: Potosí

Partes: Edwin Cochuza Barro, Corregidor titular del Ayllu Sikuya del municipio de Llallagua, provincia Rafael Bustillo del departamento de Potosí; y, el Juez de Instrucción Penal Primero de Llallagua del referido departamento.

La suscrita Magistrada manifiesta su disidencia con la ; por lo que, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), expone los motivos que sustentan el presente voto disidente.

I. ANTECEDENTES

En el conflicto de competencias jurisdiccionales formulado para conocer y resolver los hechos de allanamiento de domicilio o sus dependencias y robo, sustanciado dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público a denuncia de Patricia Policarpio Calani contra Constantino y Nicasio, ambos Marcani Cuizara, Feliciano Rojas Juchatuma y Teodoro Choque Chamani; el Juez de Instrucción Penal Primero de Llallagua del departamento de Potosí, denegó la solicitud de declinatoria de competencia formulado por el Corregidor titular del Ayllu Sikuya del municipio de Llallagua, provincia Rafael Bustillo del referido departamento.

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