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TCP

0028/2023

Tribunal Constitucional Plurinacional
5 de mayo de 2023SALA PLENA

Voto Aclaratorio 0028/2023

Proceso
Sala
SALA PLENA
Año
2023

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Texto del fallo

Texto de la resolucion

VOTO DISIDENTE Sucre, 5 de mayo de 2023

SALA PLENA Magistrado Disidente: Dr. Petronilo Flores Condori

Expediente: 38911-2021-78-CCJ Conflicto de competencias jurisdiccionales

Suscitado entre: David Gonzales Lisidro, Segunda Mayor del Ayllu Jilavi, Marka Sacaca de la provincia José Alonzo de Ibáñez del departamento de Potosí y Ramiro Eduardo Espinoza Trujillo, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sacaca del mismo departamento.

Departamento: Potosí

I. ANTECEDENTES

La , firmada por la mayoría de los Magistrados (as) resuelve declarar: competente al Juez Público Mixto, Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sacaca del departamento de Potosí, para continuar con la tramitación y resolución del proceso penal, seguido por el Ministerio Público a denuncia de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia (DNA) del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaca de la del referido departamento, en representación de la entonces menor de edad Selina Gabriel Colque contra Raúl Cruz Limachi por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica; con los siguientes fundamentos: Que no concurre el ámbito de vigencia material; puesto que, la víctima sería una menor de edad de diecisiete años; además, de ser una mujer que pertenece a un grupo vulnerable que actúa representada por la DNA del mencionado Gobierno Autónomo Municipal, dicho tipo penal estaría excluido del ámbito de vigencia material de la Jurisdicción Indígena Originaria Campesina (JIOC) en el art. 10.II inc. b) de la Ley de Deslinde Jurisdiccional (LDJ), cuando señala que: "Los delitos cometidos en contra de la integridad corporal de niños, niñas y adolescentes,..."; es más, la Recomendación General 33 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer de las Naciones Unidas, sobre el Acceso de las Mujeres a la Justicia (CEDAW), de 23 de julio de 2015, en el acápite destinado a los sistemas de justicia plural, recomienda a los Estados sobre los derechos de las mujeres y la coordinación que debe existir entre los diferentes sistemas de justicia infiriendo que los Estados aseguren que las mujeres puedan elegir con un consentimiento informado, la ley y los tribunales judiciales aplicables en lo que preferirían que se tramiten sus reclamaciones; por lo que, en el presente caso, la víctima acudió a la jurisdicción ordinaria penal para denunciar la violencia del que fue objeto, lo cual debe ser respetada; además, de ser menor de edad; por lo que, no concurre el ámbito de vigencia material.

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

Se expresó el desacuerdo con los fundamentos y la decisión asumida en la , que declaró competente al Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia, de la Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de Sacaca del departamento de Potosí, para continuar con la tramitación del proceso penal, seguido por el Ministerio Público a denuncia de la DNA del Gobierno Autónomo Municipal de Sacaca del mencionado departamento, en representación de la víctima entonces menor de edad Selina Gabriel Colque contra Raúl Cruz Limachi por la presunta comisión del delito de violencia familiar o doméstica, debido a los siguientes fundamentos:

Se incurre en el error de aplicar de forma directa la normativa internacional al presente caso, pasando por alto lo dispuesto en el art. 256 de la Constitución Política del Estado (CPE) que señala:

"I. Los tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados, o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta.

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