Texto del fallo
Texto de la resolucion
AUTO CONSTITUCIONAL 0030/2021-RCA Sucre, 28 de enero de 2021
Expediente: 37279-2021-75-AAC Acción de amparo constitucional Departamento: Oruro
En revisión la Resolución de 26 de noviembre de 2020, cursante de fs. 44 a 46 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Bernardino Quinaya Choque y Oscar Torrico Serrudo en representación legal de Jhovana Estela Achacollo Martínez contra Román Ángel Yucra Mendizabal y Letizia Gimena Bueno Choque.
I. ANTECEDENTES DE LA ACCIÓN
I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
Por memorial presentado el 25 de noviembre de 2020, cursantes de fs. 36 a 43, la parte accionante manifiesta que, es propietaria de un inmueble registrado en la Oficina de Derechos Reales (DD.RR.) del departamento de Oruro, bajo la Matrícula Computarizada 4.01.1.01.0026936, el cual fue objeto de desapoderamiento producto de un proceso de reivindicación instaurado por los ahora demandados contra Aureliano Achacollo Mamani y Angélica Martínez Ríos de Achacollo, del cual no tuvo conocimiento ni participación alguna.
En vista a la emisión del referido mandamiento, formuló tercería de dominio excluyente, que fue desestimada; encontrándose el fallo ejecutoriado, no existiendo recurso ulterior que pueda plantear para resguardar sus derechos constitucionales.
I.2. Derechos supuestamente vulnerados
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