Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DEL VOTO ACLARATORIO Sucre, 20 de septiembre de 2021
SALA PLENA Magistrado: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Control previo de constitucionalidad de proyectos de estatutos autonómicos o cartas orgánicas de entidades territoriales autónomas
Expediente: 05679-2013-12-CEA Departamento: Oruro
Consultante: Sonia Patzi Gonzales, Presidenta del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Poopó, del departamento de Oruro.
I. ANTECEDENTES
Respecto a la Declaración Constitucional Plurinacional (DCP) 0031/2021 de 20 de septiembre, correlativa a las y , en virtud de la autonomía procesal, el suscrito Magistrado anunció en el precitado fallo constitucional, ser de Voto Aclaratorio con relación a la declaratoria de compatibilidad de los artículos 22 inc. e) y párrafo introductorio (Requisitos para ser concejala o concejal municipal); y, 71, párrafo introductorio y parágrafos II y III (Salud) del proyecto de Carta Orgánica Municipal (COM) de Poopó, en el entendido que, el control de constitucionalidad aplicado a los citados preceptos, debió contemplar entre sus fundamentos el cambio de línea efectuado en la , en lo referido a las materias de régimen electoral y salud; ello de conformidad a los fundamentos jurídico-constitucionales que se desarrollan a continuación.
II. FUNDAMENTOS DE LA DCP 0031/2021 de 20 de septiembre
El proyecto modificado de la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de Poopó del departamento de Oruro, fue sometido a control previo de constitucionalidad a través de la -objeto de la presente aclaración de Voto-, con el fin de verificar si el estatuyente cumplió con el mandato de la fallo correlativo último al caso que se atiende.
II.1. Respecto de la compatibilidad del art. 22 inc. e) y su párrafo introductorio
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