Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0032/2020-S4 Sucre, 12 de marzo de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 30399-2019-61-AL Departamento: Potosí
En revisión la Resolución 04/2019 de 9 de agosto, cursante de fs. 19 a 22, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Julián Jesús Mendoza Camiño en representación sin mandato de Oscar Edwin Calderón Quiroga contra Claudia Gonzales Aguilar, Jueza Pública de Familia Quinta del departamento de Potosí.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial de 9 de agosto de 2019, cursante de fs. 3 a 6, el accionante por medio de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso de asistencia familiar seguido en su contra por Carmen Rosa Alcazar Gallardo, quien el 5 de septiembre de 2018, presentó la planilla de liquidación, ante lo cual la autoridad ahora demandada por decreto de 6 del señalado mes y año, ordenó el apersonamiento de los hijos al ser mayores de edad, los entonces demandantes, el 30 de noviembre de igual año, solicitaron su notificación mediante edictos, misma que fue autorizada por providencia de 7 de enero de 2019, sin tomar en cuenta lo previsto por los arts. 308 y 309 del Código de las Familias y del Proceso Familiar -Ley 603 de 19 de noviembre de 2014?, que exigen la declaración jurada de desconocimiento de domicilio por la parte demandante, representación de los funcionarios de apoyo judicial, o en su caso posterior a la notificación por edictos nombrar defensor público de oficio, lo cual en este caso no ocurrió, encontrándose en estado de indefensión; toda vez que, los demandantes tenían pleno conocimiento de su domicilio, ya que para la ejecución del mandamiento de apremio fueron al mismo a privarlo de su libertad.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
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